

El Gobierno nacional oficializó una reforma del Código Alimentario Argentino que flexibiliza la importación de alimentos, simplifica los requisitos para exportar y concentra mayores funciones de control en el Senasa.
La medida fue publicada este 3 de agosto en el Boletín Oficial mediante el Decreto 697/2026 y alcanza a alimentos, bebidas, materias primas, aditivos, ingredientes, coadyuvantes tecnológicos y envases.
Uno de los principales cambios establece que los productos provenientes de países reconocidos por Argentina o que apliquen las normas del Codex Alimentarius podrán ingresar con menos trámites administrativos. En esos casos, los certificados sanitarios emitidos en el país de origen serán suficientes para acreditar el cumplimiento de las exigencias nacionales.
Para importar, las empresas deberán presentar una declaración jurada junto con un certificado de libre venta, una autorización de comercialización o un documento equivalente. Esa declaración incluirá información sobre el producto, el elaborador, el lote, la fecha de vencimiento, el país de origen y el destino de la mercadería.
La normativa también modifica el sistema de fiscalización. Los alimentos destinados a la venta directa podrán ingresar al mercado y serán sometidos a controles sanitarios posteriores, salvo que existan indicios de deterioro, inconsistencias en la documentación o riesgos comprobados para la salud.
En materia de exportaciones, el decreto establece que los alimentos deberán cumplir únicamente con las exigencias del país comprador, sin requisitos adicionales impuestos por la autoridad sanitaria argentina. Los certificados solo serán emitidos cuando el destino los solicite.
Además, el Senasa asumirá nuevas funciones de registro, fiscalización e inspección, pudiendo controlar establecimientos, tomar muestras, intervenir productos presuntamente adulterados o falsificados y aplicar sanciones cuando corresponda.



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