

A través del Decreto N° 35, publicado este lunes 2 de febrero en el Boletín Oficial, el Gobierno de la Provincia de Salta avanzó en la reglamentación del derecho de acceso a la información pública, al adherir a los Decretos Nacionales N° 206/2017 y N° 780/2024, que reglamentan la Ley Nacional N° 27.275.
La medida se enmarca en la Ley Provincial N° 8.173, mediante la cual Salta había adherido oportunamente a la normativa nacional, aunque hasta el momento no contaba con una reglamentación propia. Según se detalla en los considerandos, el objetivo central es garantizar el efectivo ejercicio del derecho ciudadano a acceder a información pública, promoviendo la transparencia y fortaleciendo la confianza en las instituciones.
El decreto establece como autoridad de aplicación a la Secretaría de Modernización y Servicios Públicos, o el organismo que en el futuro la reemplace, dentro del Poder Ejecutivo provincial. Asimismo, se aclara que toda referencia a organismos nacionales deberá entenderse, en el ámbito local, como organismos provinciales competentes.
Hasta tanto se complete la digitalización del sistema, las solicitudes de información deberán presentarse por escrito en formato papel, cumpliendo los requisitos previstos en la ley. Además, se habilita la posibilidad de recurrir directamente a la Justicia contencioso administrativa ante decisiones que restrinjan el acceso a la información, sin necesidad de agotar la vía administrativa.
El decreto también dispone la implementación y actualización de la página oficial de acceso a la información, tarea que estará a cargo de la autoridad de aplicación, con facultades para requerir datos a los sujetos obligados.
La norma fue firmada por el gobernador Gustavo Sáenz, el ministro de Economía y Servicios Públicos, Roberto Dib Ashur, y la secretaria general de la Gobernación, Matilde López Morillo.


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